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En MM Abogados y Asociados, somos expertos en derecho laboral y estamos aquí para ayudarle a recuperar su dinero cuando su empleador incumple con el pago de su salario, prestaciones o liquidación. Sin importar el tipo de contrato que haya tenido, tiene derecho a recibir su compensación de acuerdo con la ley.
Muchos trabajadores enfrentan la problemática de que sus empleadores no pagan los salarios completos o retrasan el pago de prestaciones sociales. Incluso, después de la terminación del contrato, algunas empresas se niegan a cancelar la liquidación correspondiente.
Si está en esta situación, puede iniciar una demanda a través de la jurisdicción ordinaria laboral para exigir:
No deje pasar el tiempo, ya que la ley establece plazos específicos para reclamar lo que le pertenece.
Si trabaja bajo un contrato de prestación de servicios y su contratante no le ha pagado sus honorarios, tiene derecho a exigir judicialmente el cumplimiento del pago. En estos casos, puede reclamar:
Además, si sospecha que su contrato de prestación de servicios es utilizado de manera irregular para ocultar una relación laboral, es posible que tenga derechos adicionales como trabajador formal. Consulte nuestro módulo sobre contrato realidad para evaluar su caso.
En MM Abogados y Asociados, contamos con un equipo a nivel nacional especializado en derecho laboral que luchará para que reciba lo que le corresponde por ley.
Calle 19 # 2a 43 Oficina 104, Edificio Mirador del Parque. Santa Marta, Colombia.
Comunícate con nosotros al administracion@mmabogados.co si no puedes encontrar una respuesta a tu pregunta.
La ley establece un plazo de tres (3) años para presentar una demanda por salarios o prestaciones adeudadas.
Debe enviar una solicitud formal por escrito exigiendo el pago. Si no recibe respuesta, es recomendable contactar a un abogado laboral para iniciar un proceso judicial.
Sí. Según la legislación laboral colombiana, si un empleador no paga salarios o prestaciones en los tiempos estipulados, el trabajador tiene derecho a una indemnización moratoria de un día de salario por cada día de retraso.
Si cumple horario, recibe órdenes directas y trabaja exclusivamente para una empresa, es posible que tenga una relación laboral encubierta. En ese caso, puede demandar el reconocimiento de su vínculo laboral y exigir los derechos que le corresponden.Agregar una respuesta a este punto.
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